Ella no era una santa.

Sobre el femicidio de Valentina Trespalacios.

«Hey Joe, ¿A dónde vas con esa arma en tu mano?, voy a dispararle a mi mujer. Tú sabes que la descubrí saliendo con otro hombre».

Foto: Itzamar Pedreros Cherbonneau

Esta frase, fragmento de la canción de 1967 de Jimmy Hendrix «Hey Joe», parece ser el lema justificatorio de un montón de machos que se han burlado y han minimizado la gravedad del femicidio de Valentina Trespalacios, sucedido el 25 de enero de este año. Evidentemente, esos hombres han añadido otros «argumentos» para reforzar esa justificación, y los medios propiedad de conglomerados empresariales han contribuido a esa «necesidad de información», hurgando vorazmente en la vida de esa chica y sus amigas. La frase «No era una santa» se ha repetido múltiples veces en medio de una cacofonía de post en redes sociales, buscando según sus autores «equilibrar la balanza» con respecto a las exigencias feministas de justicia en este caso. Sin embargo, yo encuentro estos intentos no solo de poca utilidad (si su preocupación realmente se centra en los derechos y la violencia de la que son objeto los hombres) sino totalmente equivocados, y en esta entrada de blog me permitiré una reflexión al respecto.

¿Son injustas y desiguales las formas actuales de impartir justicia? ¿Son más blandas, y por tanto más ineficaces que en ese pasado en el que, según los conservadores, había más valores y menos delincuencia? ¿Merece una persona con un pasado cuestionable ser asesinada por lo que hizo o ella misma se buscó ese destino a causa de ese pasado? A menudo una respuesta afirmativa a estas preguntas se toma como base para cuestionar a las víctimas -femeninas- (afirmando por ejemplo que hoy en día se les cree en todo, lo cual obstaculiza el ejercicio de una justicia equilibrada), para pedir la pena de muerte asegurando que es un disuasor efectivo, o bien pensando que la eliminación de seres humanos es justificable, porque se cree que en otras épocas esas acciones funcionaron. Personalmente considero que esto es falso, y como es costumbre en este espacio, acudiré a la historia para sustentar mis afirmaciones. Las formas actuales de aplicación de la justicia o la sanción de comportamientos que afectan la convivencia entre los seres humanos en sociedad, tienen una historia muy larga que evidencia que han debido adaptarse a los cambios sociales. Es cierto que en el pasado la justicia se basaba en muchos casos en el castigo y la venganza, para las cuales se empleaban variadas formas de violencia. No obstante, es necesario considerar que muchas de las decisiones «de justicia» tomadas en épocas anteriores no se sostienen en criterios necesariamente racionales (un ejemplo de eso es la ley del talión), y tampoco se apoyaban en evidencias o pruebas de culpabilidad, por lo que era extremadamente fácil que se acusara a personas inocentes por simples envidias u odios. Igualmente, mediaban en esas decisiones elementos como los prejuicios y las desigualdades (los campesinos, las mujeres, los pobres, las personas con piel oscura, los habitantes de pueblos sometidos o invadidos eran fácilmente acusados y ejecutados) y lo más relevante para el tema de este escrito: las diferencias establecidas entre delitos eran muy tenues, por lo que delitos que hoy no son considerados como graves eran castigados con una severidad excesiva. Muchas vidas inocentes se perdieron injustamente en épocas pasadas, cuando el derecho estuvo sometido a los caprichos y los prejuicios de los monarcas de turno, a costumbres absurdas basadas en supersticiones o a la simple ignorancia. Muchas vidas tuvieron que sacrificarse a lo largo de los siglos para llegar a la conclusión que esos actos barbaros no contribuyeron a mejoras de fondo en la sociedad (1). Y precisamente los tipos de justicia que tenemos ahora, basados en principios racionales, se gestaron principalmente en Europa como resultado de numerosos hechos sangrientos como las guerras de religión, la Inquisición, la caza de brujas, las luchas por el surgimiento de una estratificación social no basada en los lazos de sangre o la nobleza (las revoluciones), etc.

Estamos de acuerdo en que la hegemonía occidental impuesta a través de las invasiones y el colonialismo no tiene que ser glorificada y mucho menos debe agradecerse. Pero resulta imposible negar su influencia sobre todo en la expansión e implementación de formas de derecho y leyes basadas en postulados racionales, surgidos tanto de reflexiones filosóficas como de luchas sociales. La filosofía griega, el derecho romano, algunos aspectos del derecho canónico católico, el renacimiento, la revolución francesa y en general el surgimiento de la Modernidad como etapa histórica (2), llevaron a las sociedades a reflexionar y ajustar la aplicación de la ley y las penas para las transgresiones de los principios de convivencia, de acuerdo con los avances filosóficos y éticos, con respecto a la dignidad humana, la presunción de inocencia y la proporcionalidad de la sanción. En otras palabras, a medida que la historia ha avanzado se ha reconocido la dignidad humana (el valor que tiene y el respeto que merece una persona por el mero hecho de ser un ser vivo y humano) como un bien superior que debe otorgarse a todas las habitantes de este planeta, independientemente de cualquier aspecto (color de piel, procedencia, sexo, género, religión, creencias e incluso, errores, defectos e incluso delitos cometidos). Igualmente, la base de derechos se ha ido expandiendo con el paso de las décadas. De los hombres blancos, ricos e instruidos, se ha podido avanzar hacia las mujeres, las personas de otras etnias, clases sociales y orientaciones sexuales. Los conservadores se angustian y aseguran que la sociedad (occidental, única en la que piensan) esta en decadencia, pero si se echa un vistazo al pasado eso no es tan cierto (3).

Volviendo al caso de Valentina, ¿Qué tiene todo esto que ver con ella? Tiene que ver el hecho que:

1. NADIE puede hacer justicia por mano propia en nuestra sociedad actual, por más argumentos que quieran dar. La venganza NO es una forma de justicia en la mayoría de países civilizados, entonces NO se puede matar a otra persona argumentando el daño hecho. La sociedad evolucionó hacia la concentración del ejercicio de la fuerza y la aplicación de sanciones por parte del Estado como mediador, en representación de los ciudadanos, de forma legítima y equilibrada, basada en un conjunto de leyes (4). No vivimos en el salvaje oeste, en donde las personas se asesinaban entre ellas sin control, al menos no de manera oficial. En ese sentido, el señor John Poulos NO TENIA DERECHO NI LEGITIMIDAD PARA MATAR A VALENTINA, por más daño que ella le hubiera hecho (por más que lo hubiera estafado o engañado). Existe un marco jurídico, un procedimiento de denuncia, una investigación, un suministro de pruebas y una moderación de la sanción. Y sobre esta última, en Colombia LA PENA DE MUERTE NO ES ACEPTADA COMO FORMA DE SANCION BAJO NINGUN CONCEPTO (5), y menos, en casos de estafa. Ni hablemos de la infidelidad, que ya no es un delito (6).

2. Sobre la determinación de la sanción o pena: De la misma forma en que se ha establecido el principio de presunción de inocencia (que tanto mencionan los «defensores» de los derechos de los hombres) el cual precisamente se ha ganado con el avance de los sistemas legales, existe un principio de PROPORCIONALIDAD de la pena. Esto significa que no se juzga de la misma manera el robo de una suma de dinero que el asesinato de una persona. Es surrealista tener que aclarar este punto, pero las acciones del señor Poulos son mucho más graves que aquellas de las que es acusada Valentina (por los medios amarillistas y los «equilibradores de penas» en internet) y por lo tanto, en el caso en que Valentina hubiera sido denunciada por su asesino (en el supuesto de que ese hombre hubiese podido actuar de forma racional) y juzgada por sus delitos, JAMAS HABRIA RECIBIDO UNA PENA SUPERIOR A LA QUE MERECE EL SENOR POULOS POR HABERLA ASESINADO. No importa cuánto ruido hagan quienes quieran «equilibrar» una balanza que legalmente ya está equilibrada.

3. Las víctimas, en concreto las de asesinato, NO TIENEN LA CULPA. Para muchas personas es lógico intentar «equilibrar» la balanza de la justicia esculcando el pasado de la víctima (tarea inmunda a la que se dedican algunas personas que pretenden llamarse periodistas con el fin de encontrar hechos escandalosos para atraer atención y con ello ganancias) para encontrar hechos para reprocharle. De nuevo, NADA justifica matar a otra persona, ni siquiera la defensa propia, pues esta también está claramente delimitada por la ley (7). La vida de las personas es sagrada, y si el Estado no debe asumir el papel de un asesino (pues no aplica la pena de muerte), ¿por qué los ciudadanos deberían hacerlo? En resumen, no se necesita ser una santa para merecer un mínimo de dignidad que deba ser respetada. Hasta el pecador o delincuente más abyecto, hasta el señor Poulos, merecen un poco de piedad y respeto por su persona, por más que nos cueste. Es justamente eso lo que nos hace diferentes de personas como él.

Muchos errores, guerras inútiles, muertes de inocentes y energía se desperdiciaron aplicando un tipo de justicia vengativa. Si las sociedades han progresado, en el sentido en que vivimos de manera mucho más pacífica (8) y la calidad de vida en términos de derechos ha mejorado (hoy día son posibles las uniones interraciales, personas de minorías históricamente excluidas han ganado espacios y respeto) es precisamente porque la violencia, en particular en la aplicación de la justicia, ha disminuido.

Tristes son los tiempos en que es necesario explicar lo que debería ser obvio, no obstante el caso de Valentina Trespalacios mostró que Colombia aun está lejos de esos cambios sociales y que sin bien están inscritos en la ley (que ha cambiado en respuesta a los movimientos sociales) la población no los ha integrado. En ese sentido es necesario continuar insistiendo, discutiendo y haciendo pedagogía. Los mínimos éticos de la dignidad humana son logros que deben protegerse.

«(Nadie) es una isla entera por sí mismo.

Cada persona es una pieza del continente, una parte del todo.

Si el mar se lleva una porción de tierra, (el mundo) queda disminuido,

como si fuera un promontorio, o la casa de uno de tus amigos, o la tuya propia.

Ninguna persona es una isla; la muerte de cualquiera me afecta,

porque me encuentro unido a toda la humanidad;

por eso, nunca preguntes por quién doblan las campanas;

doblan por ti.

John Donne 1624

  1. La esperanza de vida en siglos pasados era bastante más baja, no solo debido a las enfermedades y la falta de salubridad, sino también al riesgo de morir asesinado prematuramente a causa de las guerras, los pillajes, los asaltos o las venganzas. De la misma forma, los niveles de impunidad eran sumamente elevados y no había garantía de sanción para la inmensa mayoría de infractores de las leyes.
  2. Como resultado de la deficiente educación en ciencias sociales, y particularmente en historia, se tiende a olvidar la importancia de los hechos que condujeron al surgimiento de la era Moderna, los cuales en una enorme medida contribuyeron a dar forma a los sistemas actuales de funcionamiento social. Por ejemplo, el Estado surgió, entre muchas otras razones, como respuesta a la necesidad de resolver los conflictos humanos de forma racional, a través de una tercera instancia que no implicara el uso de la violencia directa. Convendría leer más al respecto para comprender cómo y de donde surgieron los principios legales que nos rigen hoy.
  3. Se puede hacer el ejercicio retrospectivo de pensar la sociedad hace 10, 25, 50, 100 o 150 años para darse cuenta de los cambios positivos que se han producido. La erradicación de numerosas enfermedades, la protección de la infancia y la reducción de su mortalidad, la proclamación de los derechos de las mujeres y las minorías étnicas y la paulatina pacificación de las sociedades son algunos ejemplos. Cierto es que queda mucho por mejorar, sin embargo, es innegable que las sociedades humanas han obtenido logros que han permitido tomar en cuenta la dignidad y los derechos (si bien hacemos frente a otros desafíos).
  4. Sobre el papel del Estado como mediador entre los conflictos sociales puede leerse este corto y sencillo texto https://6lzstms8kshxvuqdmlyjba.on.drv.tw/ESTADO/monopolio_del_uso_legtimo_de_la_fuerza_fsica.html
  5. Artículo 11 de la Constitución Nacional de Colombia de 1991: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.”
  6. Hasta fechas muy recientes en América Latina el adulterio era un delito penado no solo con cárcel, y las mujeres eran las más castigadas. Esa aberración desapareció de la ley gracias a la lucha de las colectivas feministas, pero no ha desaparecido de la mentalidad machista que sigue matando mujeres por comportamientos que los hombres han podido asumir abiertamente por siglos.
  7. El principio de defensa propia es el que permite que una persona se proteja de una amenaza a través de una conducta sancionada penalmente (como golpear o matar) con el fin de salvaguardar su integridad. Este principio está delimitado en su uso por una serie de requisitos tales como la existencia de un peligro real, la idoneidad del método de defensa utilizado y la proporcionalidad de la defensa con respecto a la agresión (No se considera defensa propia vaciar el cargador de una pistola de 6 u 8 proyectiles cuando con uno solo basta para repeler la amenaza).

Deja un comentario